Tarifas

Que en cumplimiento de lo establecido en el artículo  9 de la Ley 5/2019 de 15 de marzo de 2019  por el que se regula la FICHA DE INFORMACIÓN PRECONTRACTUAL

Que la mercantil, “FINANCIAL CONSUASOR SL”, provista  con C.I.F. B-02786416 , con domicilio Calle JORGE COMIN METGE PEDIATRA Nº 5 Pl:Baja Pt:B1 – 46015 VALENCIA, Empresa está inscrita en el Registro de Intermediarios de Créditos Inmobiliario del Banco de España con número codificación D458 y en la Agencia Española de Consumo con número de inscripción 204/2018, con teléfonos de contacto 900907822 y web www.nacionalcredit.es, con mail: info@nacionalcredit.es, tiene por actividad principal la concesión y/o intermediación de créditos de último recurso entre entidades de crédito y personas físicas o jurídicas, cuyo principal destino entre otros, es la cancelación de deudas. Igualmente se asesora al cliente sobre la posibilidad de reunificar sus créditos a través de diferentes prestamistas y entidades de crédito.

Así mismo tiene por objeto la concesión de préstamos con garantía hipotecaria y/o el desarrollo de una actividad de intermediación comercial o profesional, a cambio de una remuneración pecuniaria, y que consiste en poner en contacto directa o indirectamente a una persona física o jurídica con un prestamista o entidad de crédito y realizar alguna de las siguientes funciones con respecto a los préstamos solicitados:

  • Presentar u ofrecer a los clientes prestatarios diferentes ofertas y contratos de préstamo.
  • Asistir a los prestatarios realizando los trámites previos u otra gestión precontractual respecto de dichos contratos de préstamo.
  • Celebrar los contratos de préstamo con un prestatario en nombre del prestamista o entidad de crédito.

 

LA INFORMACIÓN CONTENIDA EN ESTA PAGINA INFORMATIVA TIENE CARÁCTER ORIENTATIVO Y EN NINGÚN CASO CONSTITUYE UN COMPROMISO DE FINANCIACIÓN POR PARTE DE FINANCIAL CONSUASOR OE., LAS CONDICIONES INDICADAS NO TIENE CARÁCTER VINCULANTE PARA LA PARTE PRESTAMISTA:

 

La actividad en el contrato de intermediación  entre “FINANCIAL CONSUASOR SL.” y sus clientes, consistirá en conseguir la financiación y liquidez necesaria para el cliente, a través de la obtención de un préstamo con garantía hipotecaria por un importe determinado sobre un inmueble titularidad de los clientes de naturales jurídico civil.

 

La oferta de financiación de “FINANCIAL CONSUASOR SL” responde a criterios aplicados en los canales de financiación alternativos a la Banca tradicional, siendo el cliente informado de que los intereses remuneratorios aplicados suelen ser más elevados que los comercializados por las Entidades bancarias de Financiación y Crédito conocidas. No obstante podrá comparar  dentro del mercado alternativo al crédito bancario diferentes ofertas se decantandose  por la  más ventajosa, tanto por los servicios prestados, como por el tipo de interés aplicado, Y RENUNCIANDO EXPRESAMENTE EL CLIENTE A LA BUSQUEDA DE FINANCIACIÓN EN EL MERCADO BANCARIO ORDINARIO POR PARTE DEL INTERMEDIARIO FINANCIERO.

 

“FINANCIAL CONSUASOR SL” atiende de forma competitiva y profesional las demandas de crédito o préstamo de una forma más ágil y flexible.

Los honorarios solo se abonarán en caso de obtenido y firmada la financiación.

Condiciones Generales de Contratación de creditos inmobiliarios que intermediamos

  • Sin límite de cuantía
  • Cantidad mínima: 15.000€ mas gastos para préstamos hipotecarios
  • Valor mínimo de la garantía: 80.000€
  • Población mínima: 20.000 habitantes
  • Edad mínima: 18 años
  • Plazo de devolución: Desde 12hasta 240 meses

Tipos de devolución 

  • Amortización del capital al vencimiento sin cuota mensual.
  • Pago de cuotas periódicas comprensivas de intereses.
  • Pago de cuotas periódicas comprensivas de capital e intereses de tipo fijo.

Tipo de Interés minimos y maximos

El tipo de interés minimo es del 9.85% y  máximo es del 13% por ciento anual. El tipo de interés es fijo hasta la total devolución del importe prestado.

  • TIN min./max: 9.85% /13%

*Sujeto a la aprobación por la entidad prestamista, siendo esta la que ofertará el plazo y el  tipo de interés final.

Ejemplo: 

Ejemplo cálculo préstamo en sistema francés de 60.000€. Plazo 180 meses. TIN 9.85%. Cuota mensual 639,27€.

TAE min./max 11.39%/19,89% (En función de los años de amortización).

Oferta sujeta a la autorización previa por la parte préstamista tras el estudio de la documentación aportada y siendo esta la que ofertará el plazo y el  tipo de interes final.

Importe autorizado:

Desde un 20% hasta 45% del valor de la tasación (varia en función población, provincia).

Ambito de Trabajo

  • Poblaciones de más de 20.000 habitantes.

Amortización Anticipada (parcial o total):

Durante los primeros 10 años de un préstamo con tipo fijo, no podrá exceder del importe de la pérdida financiera que pudiera sufrir el prestamista con un límite del 2% y 1.5% a partir de 10 años.

El impago de las cuotas:

Devengará una comisión por impago de hasta 60€, más tres puntos porcentuales máximo  por encima de interés remuneratorio.

Ejecución por impago:

Para la ejecución del préstamo en caso de impago, el acreedor podrá optar por la acción ejecutiva ordinaria regulada en los arts. 517 y 571 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, por la acción directa contra el bien hipotecado del Art. 129.1.a) de la Ley Hipotecaria o por la venta extrajudicial mediante Notario regulada en el art. 129.1.b) de la Ley Hipotecaria.

Gastos repercutibles:

Creditos inmobiliarios destinados a consumo: La entidad prestamista se hace cargo de todos los gastos exceptuando la tasación según la Ley 05/2019

  • Contratación de tasación según LeyOrden ECO/805/2003, de 27 de marzo, para la contratación de creditos inmobiliarios. La compañía tasadora facturara a los consumidores.
  • Comisión de apertura que oscilará entre el 3% y el 8.5%
  • Solicitud de Nota simple: 25€

 

Nomas de transparencia Ley 05/2019 (LCCI):

Se entregará al prestatario, fiador y garante, la información personalizada para comparar los préstamos en el mercado, evaluar sus implicaciones y tomar una decisión fundada sobre la conveniencia de celebrarlo o no, con, al menos, 10 días naturales de antelación a la firma del contrato; este plazo es irrenunciable. La documentación está formada por:

El consumidor, una vez realizadas cuantas gestiones hayan sido necesarias, recibirá la oferta vinculante del crédito o préstamo hipotecario por parte de la entidad/es financiera/s y salvo que medien circunstancias extraordinarias no imputables a la Empresa tendrá una validez de diez días.

1.- Ficha Europea de Información Normalizada -FEIN-: que tendrá la consideración de oferta vinculante para la entidad durante el plazo pactado hasta la firma del contrato que, como mínimo, deberá de ser de 10 días (14 días en Cataluña).

2.- Ficha de Advertencias Estandarizadas (FIAE)

3.- Ficha de Información Precontractual  FIPRE

4.- Encargo de préstamo

5.- Copia de contrato

6.- Información de gastos

7.- Advertencia y asesoramiento

Sin perjuicio de las explicaciones que FINANCIAL CONSUASOR S.L.. le ha proporcionado, le advertimos de la obligación de recibir asesoramiento personalizado y gratuito del notario elegido por usted para la autorización de la escritura pública del contrato de préstamo, sobre el contenido y las consecuencias de la información contenido en la documentación que se le ha entregado.

Con tal fin, deberá/n comparecer, por sí mismo/s o por quien le/s represente a estos efectos, ante el notario por usted/es elegido a efectos de obtener presencialmente el asesoramiento descrito en los siguientes apartados.

El notario verificará la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos previstos en el articula 14.1 de la Lay de Contratos de Crédito Inmobiliario.

En caso de que quede acreditado su cumplimiento hará constar en un acta notarial previa a la formalización del préstamo hipotecario:

El cumplimiento de los plazos legalmente previstos de puesta a disposición del prestatario de los documentos previstos por la ley, es decir, con una antelación mínima de diez días naturales respecto al momentos de la firma del contrato.

Las cuestiones planteadas por usted y el asesoramiento prestado por el notario.

En todo caso, el notario deberá informar individualizadamente haciéndolo constar en el acta, que ha prestado asesoramiento relativo a las cláusulas especificas recogidas en la Ficha Europea de Información Normalizada (FEIN) y en la Ficha de Advertencias Estandarizadas (FIAE), de manera individualizadas y con referencia expresa a casa una, sin que sea suficiente una afirmación genérica.

Finalmente, y en presencia del notario, deberá responder a un test que tendrá por objeto concretar la documentación entregada y la información suministrada.

El consumidor podrá desistir en los diez días naturales (catorce en Cataluña)  siguientes a la formalización del contrato de intermediación sin alegación de causa alguna y sin penalización.

RIESGOS Y ADVERTENCIAS

  • Le rogamos tome nota de los riesgos que conlleva la firma de un préstamo entre particulares:
  • La oferta se presentará  teniendo en cuenta los ingresos mensuales o la capacidad de pago que usted nos ha facilitado.
  • Tenga en cuenta que sus ingresos y situación financiera pueden variar a lo largo de la vida del préstamo.
  • Asegúrese de que si estos disminuyen, aún seguirá pudiendo hacer frente a sus cuotas hipotecarias mensuales.
  • Tiene usted derecho a examinar el documento contractual en el despacho del Notario previo a su formalización.
  • Debe saber que puede usted perder el inmueble hipotecado si no efectúa sus pagos.

 

Servicios de intermediación:

Sujeto a la aprobación por parte de la entidad préstamista.

Tarifas Particulares y Empresas:

  • Préstamos Hipotecarios: mínimo: 2.000 €, máximo 15% sobre el nominal (precio por operación respetando siempre el precio mínimo)
  • Préstamos hipotecarios para Reunificación deudas: mínimo: 2.000 €, máximo: 15% sobre el nominal (precio por operación respetando siempre el precio mínimo)
  • Préstamos hipotecarios para Cancelación de RAI Asnef o Embargos: 2.000 €, máximo: 15% sobre el nominal (precio por operación respetando siempre el precio mínimo).
  • Préstamos para la tramitación de herencias: 2.000€, máximo: 15% sobre el nominal (precio por operación respetando siempre el precio mínimo).
  • Opciones de Compra, Compraventas aplazadas: mínimo: 3.000 €, máximo: 15% sobre el nominal (precio por operación respetando siempre el precio mínimo).
  • Compraventas: 3.5% del precio de venta

Empresas:

Pólizas de crédito, Leasing, avales, anticipo de facturas, descuento de pagarés etc.: mínimo: 300€, máximo: 10% sobre el nominal (precio por operación respetando siempre el precio mínimo).

 

La actividad de“FINANCIAL CONSUASOR SL” es la intermediación   y consistirá en conseguir la financiación, liquidez , necesaria para el cliente, a través de la obtención de los siguentes productos ofertados en la web:

 

NO COBRAMOS NI LE PEDIMOS NUNCA NINGÚN DINERO POR ADELANTADO, EN NINGÚN CASO